LOS BENEFICIOS DE LA INDEPENDIZACIÓN DE UN PREDIO
Es común encontrar una casa que por
tener gran tamaño ha sido dividida por los propietarios, para entregarle a sus
hijos un piso o un espacio dentro de ella, donde puedan construir un departamento,
como una forma de ayudarlos a contar rápidamente con una vivienda propia y de
mantener cercana a la familia; de igual forma puede ocurrir que un terreno urbano
o rural sea dividido por los propietarios en lotes ya sea para darlos a sus
herederos en vida, o quizás para venderlos; sin embargo cuando una persona
recibe un lote, predio o espacio, en estas condiciones sin que haya sido formalmente
independizado, se convierte en un poseedor y no en un propietario del nuevo
predio adquirido. En efecto, si en ninguno de estos casos se ha regularizado
tal división ante las autoridades u organismos de formalización de la
propiedad, estamos ante un predio indiviso y para regularizar dicha situación,
se debe seguir un trámite que se denomina “independización”.
En los últimos años hay estadísticas
que muestran que cada vez más, los peruanos estamos optando por seguir esta forma
de regularizar su propiedad y es que los beneficios de independizar un inmueble
son notorios:
·
Permite el saneamiento legal de la propiedad a
fin de identificar y determinar los predios independizados y el predio
remanente, obteniendo una partida registral para cada uno de ellos.
·
Al independizar un lote, piso o zona, estoy creando
un nuevo propietario, que podrá inscribir su derecho como tal y ser reconocido jurídicamente
para realizar diversos actos sobre el predio.
·
Facilita el saneamiento físico-legal que se
pretendan realizar sobre el predio, tal como construir una edificación,
volverlo a dividir o acumularlo a otro, cambiar su uso, etc.
·
Se puede obtener préstamos otorgando como garantía
hipotecaria el predio independizado.
·
Permite la transferencia a favor de los
herederos, de un lote, espacio o zona física determinada para evitar futuros
conflictos familiares.
·
Viabiliza la instalación de los servicios
básicos independientes, pues cada uno podrá tener su propio medidor de agua o
energía eléctrica, pagando de esta forma lo que realmente ha consumido.
·
Puedo realizar actos jurídicos sobre el predio,
que me permitan una utilidad, tal como venderlo, alquilarlo, poner un negocio, etc.
El trámite de independización teóricamente
tiene un procedimiento básico o elemental, pero a éste se van sumando otras gestiones
complementarias que nos llevan al mismo fin y todo ello está en función al
estudio que se pueda hacer de la documentación legal del predio a fin de
determinar “el estado en el que se encuentra”; así también no se puede dejar de
mencionar que cada institución u organismo de formalización de la propiedad
(administrativa o notarial) tiene su particular desenvolvimiento y sus propios requisitos,
los cuales varían dependiendo del Jefe o Notario a cargo, o en su caso de las
políticas gubernamentales. En efecto, no existe uniformidad de criterios ni
colaboración transversal entres las instituciones del Estado, tampoco está
funcionando el sistema de interoperabilidad, por lo tanto cada uno de los entes
participantes de la formalización funciona aisladamente y sin coordinación entre
sí. Estas instituciones que intervienen pueden
ser el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal- en adelante COFOPRI,
Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural- en adelante DIREFOR,
Municipalidad Provincial, Municipalidad Distrital, Notaría Pública Colegiada y
finalmente la Superintendencia Nacional de Registros Públicos- en adelante SUNARP.
La independización puede ser
sobre predios urbanos y rústicos (rurales o eriazos) y para iniciar el trámite el propietario debe
levantar un plano de independización, localización y perimétrico, así como un
plano del predio resultante y predio remanente, debidamente suscrito por el
profesional competente o en su caso, por un Verificador Catastral inscrito en
SUNARP. Tal como se explicó líneas arriba cada tipo de predio tiene sus propios
requisitos y un proceso diferente, puesto que intervienen entidades diferentes,
sin embargo se deja constancia que en el presente artículo se mencionará el
proceso básico o elemental para independización de predio urbano y rústico, de tal
forma que los trámites aquí plasmados pueden verse incrementados en función al distrito,
provincia o región, así como de la política de saneamiento que aplique la autoridad
respectiva.
Para independizar un predio
urbano se necesita recurrir a la Municipalidad Provincial para gestionar un
Certificado de Zonificación y Vías, el que nos dirá si el predio es urbano o rural,
así como determinará cuál es el área mínima para la división y establecerá las
vías de salida e ingreso al predio, materia de trámite. Si existen edificaciones
también será un requisito sine quanon, la gestión del Certificado de Parámetros
Urbanísticos y Edificatorios.
Se tiene que presentar y llenar
ante la Municipalidad el formulario FUHU, así como también gestionar la subdivisión de lotes a fin de
obtener la aprobación municipal mediante Resolución, la misma que contendrá los
planos y memoria descriptiva debidamente sellados y visados, precisándose el
área, linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios
independizados. En la citada entidad
también se debe gestionar el Código de Referencia Catastral y si no contara con
catastro implementado, se obtendrá un Certificado Negativo de Catastro.
Para ingresar la independización
a SUNARP se debe llenar la solicitud de inscripción de título debidamente
llenado y firmado por todos los copropietarios, siendo éste un requisito
obligatorio y si alguno de ellos no hubiera participado del trámite, igualmente
debe firmar un documento privado, con firma legalizada notarialmente en el que
conste su consentimiento al trámite de subdivisión efectuado.
Una vez concluido el trámite de
independización se habrán creado nuevas partidas electrónicas, consignándose a
los mismos propietarios originales como los dueños de los predios independientes,
por lo tanto para que dichos predios puedan
cambiar de titular, a favor de cada nuevo propietario, debe hacerse una
escritura pública de Adjudicación.
Para la independización de un
predio rural se debe determinar si se trata de un predio matriz, sujeto a
partición individual, si son parcelas en territorio de Comunidades Campesinas
de la Costa e inscripción de propiedad individual, o si se trata de predios de
propiedad de Empresas Asociativas. Para el presente articulo se desarrollará sólo
el primer caso mencionado.
Si se trata de una independización
de predio rural se debe presentar un documento privado con firmas legalizadas
notarialmente por el cual todos los copropietarios manifiestan su voluntad de desmembrar
su lote del predio matriz, anexando los planos de ubicación, localización y
perimétricos, así como la memoria descriptiva de cada predio independizado y
remanente, los cuales deben estar suscritos por un profesional competente o Verificador
Catastral, según el caso.
En este tipo de trámites puede
presentarse el hecho de que el predio se encuentre en zona catastrada o en zona
no catastrada y en este último de los casos, puede que sí tenga plano catastral
o también puede ser que no lo tenga. La existencia de un plano catastral
permite la asignación de un código de referencia catastral. En función a esta
evaluación y resultado se pueden derivar otro tipo de gestiones como la
obtención de un Certificado de Información Catastral para efectos de inmatriculación
o el Certificado de Zona No Catastrada, también para estos mismos efectos.
Para la inscripción de una
independización de predio rural ante SUNARP se debe llenar el formulario de
solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito por todos los copropietarios,
formulario registral otorgado por el propietario y verificador, de ser el caso,
planos o Certificado de Información Catastral o Certificado Negativo de Zona
Catastrada, resolución de independización o escritura pública notarial al
respecto.
Finalmente, si se tratara de independizar
un terreno rústico ubicado en área urbana o de expansión urbana, es un trámite
que pasará necesariamente por la Municipalidad y en algunos casos también requerirá
la gestión del Planeamiento Integral para la habilitación urbana, que permite otorgar
una zonificación tipo urbano (tal como zona en expansión urbana, centro poblado
urbano o residencial de densidad baja), lo cual se encuentra a cargo de la Municipalidad
Provincial por ser la encargada de desarrollar el crecimiento urbanístico de la
ciudad.
Entonces es importante dar el
paso para la independización a fin de obtener un título saneado y poder ejercer
a plenitud “su derecho absoluto como propietario”, el mismo que se adquiere
únicamente con la inscripción registral del título de dominio. En efecto, es
conveniente recordar que la propiedad se puede transmitir por un contrato
escrito u otro tipo de títulos, sin embargo estos al no estar inscritos en SUNARP
sólo otorgan al propietario un derecho relativo sobre su predio, por cuanto tiene
limitaciones en el ejercicio de su derecho de dominio sobre el inmueble.
En consecuencia, siendo el
saneamiento legal del predio un tema muy técnico es conveniente asesorarse por
profesional técnico y especializado en la materia, a fin de que pueda ofrecerle
una opción viable y así evitarse personalmente aventuras, en un tema tan
delicado y muchas veces oneroso. Han llegado a esta oficina casos que llevan
entre 7, 10 y 15 años tratando de sanearse en vía extrajudicial y sin éxito, por
no haber recurrido a una asesoría especializada, que requiere de la experiencia
en el rubro del Derecho Inmobiliario y Urbanístico, una rama que surgió con
fuerza y comenzó a desarrollarse en nuestro medio con el Boom Inmobiliario que
otrora surgió en el país a inicios del nuevo milenio, paralelamente a nuestro momento
de crecimiento económico. Y aunque el sector inmobiliario ya no tenga ese mismo
auge a la fecha, igualmente hay un mercado que sigue moviéndose y los proyectos
de construcción o saneamiento ya iniciados se siguen desarrollando, todo inmerso
en una legislación inmobiliaria dispersa y muy coyuntural, pero que viabiliza
el acceso a la formalización de predios, creándose cada día nueva jurisprudencia
en su aplicación.
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