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EL NOTARIO Y LA LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS, MODIFICACIONES D.LEG. N° 1249

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1.  RESPONSABILIDAD NOTARIAL Los Notarios Públicos tienen responsabilidad civil, penal y administrativa en el cumplimiento de sus funciones, pero en este artículo sólo trataremos la responsabilidad en la que pueden incurrir por las operaciones inmobiliarias que se realicen ante él. El Notario es un sujeto obligado a reportar ante la Unidad de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca y Seguros y además, debe informar sobre las operaciones reales patrimoniales que se hayan realizado en su Despacho, así como también debe informar sobre las  operaciones sospechosas, para este efecto está obligado a nombrar un Oficial de Cumplimiento , que se encargue de cumplir con todas las exigencias legales de información, reporte, prevención, detección, capacitación, en materia de combate del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Regulado por la Ley N° 27693 El notario está sujeto a un Código de Ética para la prevención del lavado de Activos y financiamie