PROYECTO DE HIPOTECA INVERSA PARA UNA RENTA MENSUAL
Ahora el adulto mayor tendrá la oportunidad de tener una
renta mensual, mediante la hipoteca inversa o revertida (HR), una nueva
propuesta financiera que ha sido aprobada mediante proyecto de ley, por la
Comisión de Justicia del Congreso de la República. En efecto, ahora los adultos mayores que tienen
una pensión que no cubre sus necesidades o aquellos que carecen de este
beneficio, pueden obtener una renta que complemente o sea parecida a una “pensión” y acceder a un ingreso mensual o periódico, a
través de un crédito, por el cual pondrían como garantía su vivienda, hipotecándola.
Así mismo, el adulto mayor no tendrá la necesidad de pagar
la deuda mientras OCUPE SU VIVIENDA, sólo debiendo encargarse de las cargas y
tributos que recaigan sobre ella, así como también deberá pagar un seguro para
protegerla.
También es conveniente señalar que el adulto mayor no
tendría que someterse a un proceso de investigación de sus ingresos para
evaluar su capacidad de pago, puesto que el monto que percibe mensualmente no
es un crédito que requiera devolución, ya que a su muerte, recién la entidad
bancaria o financiera, la podría llevar a remate, de esta forma el prestatario
no tendría que poner en riesgo su morada y podría seguir gozando de su vivienda
hasta el final de sus días.
Una cláusula importante que deberá consignar el contrato con
la entidad bancaria es que los herederos del causante sean forzosos o legatarios,
tendrán derecho preferente de compra del inmueble, conforme a la tasación
previamente realizada al momento de suscribirse el contrato, la misma que
además tendrá posibilidad de actualizar su valor a la fecha de realización del
bien.
Entonces a través de la hipoteca inversa o revertida la
institución financiera entrega el dinero al propietario mediante un crédito
para luego adquirir la propiedad del inmueble, materia del contrato.
Esta nueva figura a incorporarse en el mercado bancario y
financiero, también se ha creado para apoyar a los adultos mayores que aun
cotizando al sistema nacional o privado de pensiones, no pueden acceder a una
pensión por no cumplir con los requisitos establecidos por las normas
pensionarias, tal como tener la cantidad de aportes obligatorios, el número
mínimo de años, la edad señalada por ley; todo lo expuesto busca mejorar la
calidad de vida valiéndose del valor de su vivienda, la cual generalmente es adquirida
con el producto de muchos años de esfuerzo y sacrificio, para garantizar la
morada de la familia y que los titulares de ella, no vivan preocupados por ésta
en la última etapa de su vida.
En otros países ya existe esta figura jurídica y se ha visto
que en algunos casos han ocurrido abusos contractuales por parte de bancos o
cajas, por ello es necesaria una reglamentación que evite esto; por otro lado,
desde el punto de vista del prestamista también debe tenerse en cuenta que forma
parte de su riesgo, la longevidad del adulto mayor, puesto que ésta hará que la
recuperación de la vivienda se demore; sin embargo también debe tenerse
presente que la propiedad inmueble tradicionalmente es un bien cuyo valor nunca
va en detrimento, en realidad siempre sube su precio, por ello es que las
instituciones bancarias tendrán oportunidad de actualizar la tasación al
momento de la realización o remate.
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