LEASE BACK INMOBILIARIO

Este contrato es una modalidad de leasing, que se encuentra recogida en el art. 27° del D. Leg. N° 299 “En todos los casos en que la locadora adquiera de una empresa, un bien, para luego entregárselo a ella misma en arrendamiento financiero, dicha transferencia está exonerada del IGV y del ISC, en su caso”. La particularidad que presenta el lease back es que el usuario del leasing (arrendatario) es propietario del bien, y es en virtud de este contrato que transfiere su derecho de propiedad a la empresa de leasing para que ésta a su turno, se lo entregue cediéndole el derecho de uso y a partir de ese momento cambia de título por el que venía poseyendo el usuario-arrendatario (originalmente propietario). El lease back tiene un mecanismo por el cual la empresa vende su inmueble a una sociedad de leasing, la cual de inmediato se lo alquila por medio de un contrato ...